Jul 26, 2022

Nueva Ley de Zonas Económicas Especiales

Enrique Novoa/1er Vicepresidente de la Cámara Petrolera de Venezuela


La recién aprobada Ley Orgánica de las Zonas Económicas Especiales viene a constituir un marco jurídico que proporciona una instancia para el desarrollo productivo multisectorial en áreas geográficas específicas en Venezuela, basado en un modelo económico que garantice el encadenamiento productivo, bajo condiciones e incentivos que impulsen la implantación de proyectos.

Estando la energía y los hidrocarburos previstos dentro de los sectores priorizados para esta ley, y ahora denominados en el instrumento aprobado como “energía en cualquiera de sus categorías”, se generó interés en la Cámara Petrolera de Venezuela, toda vez que son los sectores de la economía que atendemos en su desarrollo. A partir de la presentación del Proyecto de Ley en la Asamblea Nacional, hicimos los estudios y consideraciones correspondientes, y entregamos una serie de propuestas enmarcadas en el fortalecimiento de este instrumento legal. Además, la Cámara desarrolló conversatorios para los afiliados y generó varios artículos en la prensa nacional, dirigidos a presentar consideraciones sobre este proyecto y sus potencialidades, a partir de la experiencia que se viene registrando en otros países.

Aprobada la ley, conseguimos que varias de las recomendaciones de la Cámara se ven reflejadas en el documento final. Al respecto, se da especial atención a los aspectos nacionales, en cuanto a participación, inversión y a satisfacer el mercado interno; se percibe, espacio para la producción de una amplia gama de bienes y servicios, lo cual puede dar oportunidad a encadenar procesos productivos aguas abajo a partir de las corrientes de refinación y petroquímica y por el lado de servicios, oportunidad a establecer bases y talleres que permitan dar atención especializada y realizar trabajos de campo que garantizarían la expansión y continuidad de las operaciones en petróleo, gas y petroquímica.

Se da preferencia a las zonas con potencial para el uso o creación de vías terrestres, fluviales, lacustres y marítimas que faciliten el acceso a los mercados y centros de producción, lo cual coincide con las áreas de influencia de casi todas nuestras áreas de almacenamiento, embarque, refinación y petroquímica. Se tiene previsto que estas zonas provean de mejoras a las subregiones con menor desarrollo, empleo e incluso el otorgamiento de incentivos a los inversionistas por la implementación de planes de capacitación.

Sin duda, la aplicación de esta legislación contribuirá con la sustitución de importaciones y con la producción para la exportación. Se aprecia disposición a simplificar procesos administrativos, fiscales y aduaneros, incorporando la relación con estados y municipios, apoyada en la articulación de la Superintendencia y Autoridad Única de Zonas Económicas Especiales con el Centro Internacional de Inversiones Productivas (CIIP), BCV y el Ministerio con competencia en planificación, economía, finanzas y comercio exterior, estableciendo la ventanilla única para múltiples trámites. En cuanto a la seguridad jurídica, garantías y desarrollo humano expone de manera expresa que los principios que rigen la ley apuntan a la sustentabilidad y sostenibilidad ambiental, factibilidad, equilibrio económico, fiscal y de ingresos, productividad, simplificación de los trámites, corresponsabilidad, transparencia y solidaridad. Además, el capítulo IV está dedicado a los incentivos fiscales y aduaneros, reiterando la simplificación de los procesos administrativos. También la instalación de instituciones bancarias y financieras en condiciones especiales y la libre convertibilidad monetaria, previstas en la ley, podrán contribuir a mitigar riesgos que aporten condiciones para la competencia.

Queda mucho trabajo por realizar hasta tener concebida alguna Zona Económica Especial, pudiendo mencionar un reglamento y el establecimiento de un plan de desarrollo para estos nuevos polígonos a definir, la promoción de estas oportunidades de inversión y desarrollo en base al encadenamiento productivo, la incorporación de inversionistas con el mecanismo financiero respectivo, entre otros. La Cámara Petrolera de Venezuela y sus afiliados se encuentran en la disposición de continuar participando y apoyando en la definición de los instrumentos jurídicos y operacionales complementarios, así como en la ubicación e implantación de las nuevas Zonas Económicas Especiales en áreas conexas con desarrollo de los hidrocarburos en Venezuela.

La toma de decisiones continua y oportuna permitirá que el Estado y los de sectores económicos interesados puedan sacar adelante este importante proyecto para efectivamente acompañar la recuperación económica dentro de un ambiente cada vez menos rentista.

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Ley Orgánica de las Zonas Económicas Especiales Caracas, miércoles 20 de julio de 2022 N° 6.710 Extraordinario.pdf